Artículo 103. Situación de retiro. El retiro es la situación en que el Poder Ejecutivo coloca a todo miembro de la Policía Nacional al cesar en el servicio activo en las condiciones determinadas por esta ley y con las facultades, exenciones y deberes que las demás leyes y reglamentos prescriben.
Ley: Ley No. 590-16 Orgánica de la Policía Nacional