Artículo 167.- Marbete de Inspección Técnica Vehicular. Los conductores que manejen e ículos de motor sin ortar en el cristal delantero la certi icación denominada “Marbete de Ins ección écnica Veicular” serán sancionados con una multa de un (1) salario mínimo del que impere en el sector público centralizado y los puntos en la licencia determinados por el reglamento correspondiente.
Ley: Ley No. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial