Detalle de la Ley

Artículo 136 de la Código Procesal Penal Dominicano

Abreviatura: CPP

Descripción: Código que establece las normas penales y sanciones en la República Dominicana.

Fecha de Promulgación: 1997-12-19

Tipo: Penal

URL: https://consultorjuridico.insaproma.com/leyes/Codigo_Procesal_Penal_de_la_Republica_Dominicana.pdf

Detalle del Artículo

ID: 136

Artículo 136 de la Código Procesal Penal Dominicano: Art. 136.- Idioma. Todos los actos del proceso se realizan en español. Todo documento redactado en idioma extranjero, para su presentación, en juicio, debe ser traducido al español por intérprete judicial. Durante el procedimiento preparatorio, el imputado siempre puede solicitar la traducción de cualquier documento o registro que se le presente en un idioma diferente al suyo.

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