Detalle de la Ley

Artículo 10 de la Ley No. 590-16 Orgánica de la Policía Nacional

Abreviatura: Ley No. 590-16

Descripción: Ley No. 590-16. Ley que regula la organización y funciones de la Policía Nacional en el país.

Fecha de Promulgación: 2000-08-15

Tipo: Policía

URL: https://consultorjuridico.insaproma.com/leyes/LEY_ley_organica_de_la_policia__nacional_no._590_16.pdf

Detalle del Artículo

ID: 1473

Artículo 10 de la Ley No. 590-16 Orgánica de la Policía Nacional: Artículo 10. Permanencia de la autoridad. La autoridad, función y grado jerárquico del que están investidos los miembros de la Policía Nacional, se circunscriben al mandato institucional, por lo que se limita al tiempo de su servicio y desde la unidad a la que pertenecen. Pudieran actuar por iniciativa propia, por orden superior y a requerimiento de un tercero, siempre dentro de las previsiones que establecen las leyes.

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