Abreviatura: Ley No. 590-16
Descripción: Ley No. 590-16. Ley que regula la organización y funciones de la Policía Nacional en el país.
Fecha de Promulgación: 2000-08-15
Tipo: Policía
ID: 1480
Artículo 17 de la Ley No. 590-16 Orgánica de la Policía Nacional: Artículo 17. Conformación del Consejo Superior Policial. El Consejo Superior Policial estará integrado por: 1) El Ministro de Interior y Policía, quien lo preside. 2) El Procurador General de la República. 3) El Director General de la Policía Nacional, quien fungirá como su Director Ejecutivo. 4) El Inspector General. 5) Director de Asuntos Internos. 6) El Director Central de Prevención. 7) El Director Central de Investigación, y 8) El Director de Asuntos Legales, que fungirá como secretario con voz pero sin voto.
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