Detalle de la Ley

Artículo 29 de la Ley No. 590-16 Orgánica de la Policía Nacional

Abreviatura: Ley No. 590-16

Descripción: Ley No. 590-16. Ley que regula la organización y funciones de la Policía Nacional en el país.

Fecha de Promulgación: 2000-08-15

Tipo: Policía

URL: https://consultorjuridico.insaproma.com/leyes/LEY_ley_organica_de_la_policia__nacional_no._590_16.pdf

Detalle del Artículo

ID: 1492

Artículo 29 de la Ley No. 590-16 Orgánica de la Policía Nacional: Artículo 29. Subdirector General de la Policía Nacional. El Subdirector General de la Policía Nacional asistirá al Director General en todo lo relativo al cumplimiento de sus funciones y lo sustituye en caso de ausencia temporal, ocupando la segunda posición en jerarquía en los asuntos del mando y control. Párrafo. Es atribución del Presidente de la República, designar como Subdirector General de la Policía Nacional a un oficial general de la institución.

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