Abreviatura: Ley No. 590-16
Descripción: Ley No. 590-16. Ley que regula la organización y funciones de la Policía Nacional en el país.
Fecha de Promulgación: 2000-08-15
Tipo: Policía
ID: 1503
Artículo 40 de la Ley No. 590-16 Orgánica de la Policía Nacional: Artículo 40. Comisiones independientes. Misión. El Consejo Superior Policial podrá crear comisiones independientes, conformadas por ciudadanos sin vinculación presente ni pasada a la Policía Nacional, para realizar investigaciones públicas sobre quejas por inconductas de los miembros de ésta. Su misión será establecer los hechos, la secuencia de eventos y las consecuencias de las inconductas alegadas. Párrafo. Las conclusiones de las comisiones independientes no se orientarán a probar la certidumbre de las quejas, sino que podrá avocarse a establecer las probabilidades de que las inconductas hayan tenido lugar y sugerir si hay lugar a procedimiento disciplinario y a identificar posibles cambios en las prácticas o procedimientos disciplinarios vinculados para evitar nuevas ocurrencias.
Regresar