Abreviatura: Ley No. 590-16
Descripción: Ley No. 590-16. Ley que regula la organización y funciones de la Policía Nacional en el país.
Fecha de Promulgación: 2000-08-15
Tipo: Policía
ID: 1513
Artículo 50 de la Ley No. 590-16 Orgánica de la Policía Nacional: Artículo 50. Porte y uso de armas. En el ejercicio de sus funciones, los miembros de la Policía Nacional están autorizados a portar las armas que les sean asignadas según el Reglamento de Asignación de Armas. Párrafo. El Consejo Superior Policial reglamentará el uso de medios y armamentos cuyos efectos nocivos, en principio no letales, puedan afectar a múltiples personas de manera simultánea.
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