Abreviatura: Ley No. 590-16
Descripción: Ley No. 590-16. Ley que regula la organización y funciones de la Policía Nacional en el país.
Fecha de Promulgación: 2000-08-15
Tipo: Policía
ID: 1605
Artículo 141 de la Ley No. 590-16 Orgánica de la Policía Nacional: Artículo 141. Rendición de cuentas. Al cierre de cada ejercicio presupuestario el Director de la Policía Nacional está en la obligación de rendir cuentas ante el Ministerio de Interior y Policía y el Procurador General de la República, de su labor en el período previo.
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