Detalle de la Ley

Artículo 170 de la Ley No. 590-16 Orgánica de la Policía Nacional

Abreviatura: Ley No. 590-16

Descripción: Ley No. 590-16. Ley que regula la organización y funciones de la Policía Nacional en el país.

Fecha de Promulgación: 2000-08-15

Tipo: Policía

URL: https://consultorjuridico.insaproma.com/leyes/LEY_ley_organica_de_la_policia__nacional_no._590_16.pdf

Detalle del Artículo

ID: 1634

Artículo 170 de la Ley No. 590-16 Orgánica de la Policía Nacional: Artículo 170. Procedimiento de revisión de separación en violación a la ley. El miembro separado o retirado de la Policía Nacional en violación a la Constitución, la ley o los reglamentos, en circunstancias no previstas en esta ley o en el Reglamento Disciplinario de la Policía Nacional, podrá recurrir en revisión del acto que dispuso su separación, siguiendo el procedimiento establecido en la ley.

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