Detalle de la Ley

Artículo 109 de la Ley No. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial

Abreviatura: Ley No. 63-17

Descripción: Ley No. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana.

Fecha de Promulgación: 2017-02-24

Tipo: Civil

URL: https://consultorjuridico.insaproma.com/leyes/MARCO_LEGAL_LEY_63-17_SOBRE_TRANSITO_TRANSPORTE_Y_SEGURIDAD_VIAL.pdf

Detalle del Artículo

ID: 1749

Artículo 109 de la Ley No. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial: Artículo 109.- Modalidades del transporte de cargas. El servicio de transporte de cargas será operado en distintas modalidades como acarreo, a granel, comerciales, pesadas, multimodales, especializados, peligrosos o expresos. Los criterios relativos a su clasificación, tipos y condiciones de circulación serán regulados por el INTRANT, mediante reglamento dictado al efecto.

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