Abreviatura: Ley No. 63-17
Descripción: Ley No. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana.
Fecha de Promulgación: 2017-02-24
Tipo: Civil
ID: 1772
Artículo 132 de la Ley No. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial: Artículo 132.- Señalización oficial del tránsito. El INTRANT regulará las señales de tránsito y establecerá sus estándares. Además, fiscalizará la señalización de las vías públicas, las cuales deberán ser conservadas en perfectas condiciones de visibilidad. Párrafo.- La señalización vertical y horizontal, y cualquier otro dispositivo de control de tránsito que se establezcan para tales fines, podrán ser colocados por el INTRANT o los ayuntamientos en su jurisdicción.
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