Detalle de la Ley

Artículo 318 de la Ley No. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial

Abreviatura: Ley No. 63-17

Descripción: Ley No. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana.

Fecha de Promulgación: 2017-02-24

Tipo: Civil

URL: https://consultorjuridico.insaproma.com/leyes/MARCO_LEGAL_LEY_63-17_SOBRE_TRANSITO_TRANSPORTE_Y_SEGURIDAD_VIAL.pdf

Detalle del Artículo

ID: 1958

Artículo 318 de la Ley No. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial: Artículo 318.- Revocación. La revocación de la sanción de suspensión produce el restablecimiento de la relación jurídica que vincula al operador con el INTRANT y los ayuntamientos respecto de todos los servicios a los que hubiera accedido, cualquiera que fuera su categoría o modalidad.

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