Detalle de la Ley

Artículo 354 de la Ley No. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial

Abreviatura: Ley No. 63-17

Descripción: Ley No. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana.

Fecha de Promulgación: 2017-02-24

Tipo: Civil

URL: https://consultorjuridico.insaproma.com/leyes/MARCO_LEGAL_LEY_63-17_SOBRE_TRANSITO_TRANSPORTE_Y_SEGURIDAD_VIAL.pdf

Detalle del Artículo

ID: 1994

Artículo 354 de la Ley No. 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial: Artículo 354.- Regularización de las señales de tránsito. Corresponderá exclusivamente al INTRANT regularizar las señales de tránsito colocadas en las vías públicas, a la entrada en vigencia de la presente ley, y quedará facultado para retirar u ordenar el retiro de aquellas que no estén conforme al estándar establecido en el Manual de Dispositivos de Control de Tránsito y Señalización en calles y carreteras definido y autorizado por el INTRANT, o que se encuentren en estado de deterioro, en coordinación con los ayuntamientos correspondientes.

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