Abreviatura: Ley 64-00
Descripción: Ley que establece el marco legal para la protección del medio ambiente en el país.
Fecha de Promulgación: 2000-08-15
Tipo: Medio Ambiente
ID: 2107
Artículo 107 de la Ley General de Medio Ambiente y Recursos Naturales: Artículo 107.- Se prohibe la colocación, lanzamiento y disposición final de desechos sólidos o líquidos, tóxicos o no, en lugares no establecidos para ello por la autoridad competente. Párrafo I.- Bajo ninguna circunstancia se permitirá la operatividad de vertederos municipales en cercanía de lechos, fuentes, cuerpos de aguas, ni en aquellos lugares donde la escorrentía y la infiltración pueda contaminarla. Párrafo II.- Será indispensable para poder establecer y poner en funcionamiento un vertedero municipal, realizar el estudio de evaluación ambiental pertinente, conforme lo establecido en el Artículo 38 y siguientes de la presente ley.
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