Abreviatura: Ley No. 87-01
Descripción: La presente ley tiene por objeto establecer el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) en el marco de la Constitucihn de la Republica Dominican% para regularla y desarrollar 10s derechos y deberes reciprocos del Estado y de 10s ciudadanos en lo concerniente a1 financiamiento para la proteccihn de la poblacihn contra 10s riesgos de vejez, discapacidad, cesantia por edad avanzada, sobre vivencia, enfermedad, maternidad, infancia y riesgos laborales. El Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) comprende a todas las instituciones publicas, privadas y mixtas que realizan actividades principales o complementarias de seguridad social, a 10s recursos fisicos y humanos, asi como las normas y procedimientos que 10s rigen.
Fecha de Promulgación: 2001-05-09
Tipo: Administrativa
ID: 2229
Artículo 25 de la Ley No. 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social.: Contralor General El Contralor General dependerá directamente del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) y tendrá las funciones de auditar las operaciones, velar por la aplicación correcta de los reglamentos, acuerdos y resoluciones e informar mensualmente al CNSS sobre la situación financiera y la ejecución presupuestaria. El Contralor General presentará un informe anual ante el CNSS. Las actas del funcionamiento del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) y los informes del Gerente General tendrán el carácter de documentos públicos.
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