Abreviatura: Ley No. 87-01
Descripción: La presente ley tiene por objeto establecer el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) en el marco de la Constitucihn de la Republica Dominican% para regularla y desarrollar 10s derechos y deberes reciprocos del Estado y de 10s ciudadanos en lo concerniente a1 financiamiento para la proteccihn de la poblacihn contra 10s riesgos de vejez, discapacidad, cesantia por edad avanzada, sobre vivencia, enfermedad, maternidad, infancia y riesgos laborales. El Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) comprende a todas las instituciones publicas, privadas y mixtas que realizan actividades principales o complementarias de seguridad social, a 10s recursos fisicos y humanos, asi como las normas y procedimientos que 10s rigen.
Fecha de Promulgación: 2001-05-09
Tipo: Administrativa
ID: 2325
Artículo 121 de la Ley No. 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social.: Impedimento de prácticas monopólicas y desequilibrios El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) incluirá en las normas complementarias, mecanismos y procedimientos claros y explícitos orientados a: a) Impedir la selección de riesgos, así como la discriminación por edad, sexo, condición social y ubicación geográfica; b) Prevenir y evitar prácticas monopolísticas tanto en la administración del riesgo de salud, como en la prestación de los servicios de salud; c) Proteger el ejercicio de los profesionales de la salud, de acuerdo a las normas y procedimientos establecidos en la ley General de Salud y en la ley 6097, del 13 de noviembre de 1972, sobre Organización del Cuerpo Médico de los Hospitales, y sus modificaciones.
Regresar