Detalle de la Ley

Artículo 138 de la Ley No. 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social.

Abreviatura: Ley No. 87-01

Descripción: La presente ley tiene por objeto establecer el Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) en el marco de la Constitucihn de la Republica Dominican% para regularla y desarrollar 10s derechos y deberes reciprocos del Estado y de 10s ciudadanos en lo concerniente a1 financiamiento para la proteccihn de la poblacihn contra 10s riesgos de vejez, discapacidad, cesantia por edad avanzada, sobre vivencia, enfermedad, maternidad, infancia y riesgos laborales. El Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) comprende a todas las instituciones publicas, privadas y mixtas que realizan actividades principales o complementarias de seguridad social, a 10s recursos fisicos y humanos, asi como las normas y procedimientos que 10s rigen.

Fecha de Promulgación: 2001-05-09

Tipo: Administrativa

URL: https://consultorjuridico.insaproma.com/leyes/Ley_No_87-01_que_crea_el_Sistema_Dominicano_de_Seguridad_Social.pdf

Detalle del Artículo

ID: 2342

Artículo 138 de la Ley No. 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social.: Consejo Nacional de Estancias Infantiles (CONDEI) El Consejo Nacional de Estancias Infantiles (CONDEI) estará conformado de la siguiente manera: a) Un representante del órgano rector del sistema de protección al niño, niña y adolescente, quien lo presidirá; b) El subsecretario de asuntos sociales de la Secretaría de Estado de Salud Pública y Asistencia Social (SESPAS); c) Un representante del Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS); d) Un representante de la Secretaría de Estado de Educación (SEC); e) Un representante de la Secretaría de Estado de Trabajo; f) Un representante de la Secretaría de Estado de la Mujer; g) El Presidente del Consejo Nacional de la Niñez (CONANI) y/o quien dirija la institución encargada de la niñez por el Poder Ejecutivo.

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