Abreviatura: Ley No. 247-12
Descripción: Esta ley tiene por objeto concretizar los principios rectores y reglas basicas de la organizaci6n y funcionamiento de la Administraci6n Publica, asi como las normas relativas al ejercicio de la funci6n administrativa por parte de los 6rganos y entes que conforman la Administraci6n Publica del Estado.
Fecha de Promulgación: 2012-08-14
Tipo: Policía
ID: 2468
Artículo 56 de la Ley Organica de la Administracion Publica, No. 247-12: Artículo 56.- Conflictos de competencias. Cuando el órgano que esté conociendo de un asunto se considere incompetente deberá remitir las actuaciones al que estime con competencia en la materia. Si este último órgano se considera a su vez incompetente, el asunto será resuelto, en el ámbito del Poder Ejecutivo, de conformidad a lo establecido en esta Ley Orgánica en lo relativo a las atribuciones del Presidente de la República y de los ministros.
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