Detalle de la Ley

Artículo 58 de la Ley Organica de la Administracion Publica, No. 247-12

Abreviatura: Ley No. 247-12

Descripción: Esta ley tiene por objeto concretizar los principios rectores y reglas basicas de la organizaci6n y funcionamiento de la Administraci6n Publica, asi como las normas relativas al ejercicio de la funci6n administrativa por parte de los 6rganos y entes que conforman la Administraci6n Publica del Estado.

Fecha de Promulgación: 2012-08-14

Tipo: Policía

URL: https://consultorjuridico.insaproma.com/leyes/Ley-247-12-Organica-Administracion-Publica2c-de-fecha-9-de-agosto-de-2012.pdf

Detalle del Artículo

ID: 2470

Artículo 58 de la Ley Organica de la Administracion Publica, No. 247-12: Artículo 58.- Tipos de delegación. La delegación podrá ser de firma o de competencia. La delegación de firma sólo se establecerá en una relación jerárquica de superior a subordinado. La delegación de competencia podrá ser jerárquica o extrajerárquica, interorgánica e intersubjetiva. En todo caso, la delegación mantiene o introduce una relación jerárquica orgánica o funcional. Cuando la delegación sea extrajerárquica o intersubjetiva se requerirá la aceptación expresa del órgano o ente delegado conforme con lo dispuesto en la presente ley.

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