Abreviatura: Ley No. 247-12
Descripción: Esta ley tiene por objeto concretizar los principios rectores y reglas basicas de la organizaci6n y funcionamiento de la Administraci6n Publica, asi como las normas relativas al ejercicio de la funci6n administrativa por parte de los 6rganos y entes que conforman la Administraci6n Publica del Estado.
Fecha de Promulgación: 2012-08-14
Tipo: Policía
ID: 2496
Artículo 84 de la Ley Organica de la Administracion Publica, No. 247-12: Artículo 84.- Fortalecimiento Institucional. Para garantizar el cumplimiento de los principios, bases y normas de organización y funcionamiento de la Administración Pública, de la Profesionalización de la Función Pública, de la Evaluación del Desempeño Institucional, así como de la Promoción de la Gestión de Calidad en los entes del Sector Público, el Ministerio de Administración Pública, como órgano rector del Fortalecimiento Institucional, desarrollará todas las actividades pertinentes para la aplicación de la presente Ley Orgánica y la Ley de Función Pública. Los órganos de la Administración Pública, central y descentralizada están obligados a colaborar con el Ministerio de Administración Pública, suministrándole los datos e informaciones que éste requiera, a los fines de su actividad rectora del Fortalecimiento Institucional.
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