Abreviatura: CDRD
Descripción: Son comerciantes todas las personas que ejercen actos de comercio y hacen de él su profesión habitual.
Fecha de Promulgación: 2020-12-12
Tipo: Administrativa
ID: 3145
Artículo 74 de la Código de comercio de la Republica Dominicana: Art. 74.- Se reconocen como agentes intermediarios para los actos de comercio, los agentes de cambio y los corredores. Los habrá en todas las ciudades que tengan bolsas de comercio, y serán nombrados por el Poder Ejecutivo.
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