Abreviatura: CDRD
Descripción: Son comerciantes todas las personas que ejercen actos de comercio y hacen de él su profesión habitual.
Fecha de Promulgación: 2020-12-12
Tipo: Administrativa
ID: 3178
Artículo 107 de la Código de comercio de la Republica Dominicana: Art. 107.- Las disposiciones contenidas en el presente título, son comunes a los dueños de barcos, y empresarios de diligencias y carruajes públicos.
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