Abreviatura: CDRD
Descripción: Son comerciantes todas las personas que ejercen actos de comercio y hacen de él su profesión habitual.
Fecha de Promulgación: 2020-12-12
Tipo: Administrativa
ID: 3200
Artículo 129 de la Código de comercio de la Republica Dominicana: Art. 129.- Una letra de cambio puede girarse; a la vista; a uno o muchos días vista; a uno o muchos meses vista; a uno o muchos usos vista; a uno o muchos días de la fecha; a uno o muchos meses de la fecha; a uno o muchos usos de la fecha; a día fijo o día determinado; a una feria.
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