Abreviatura: CDRD
Descripción: Son comerciantes todas las personas que ejercen actos de comercio y hacen de él su profesión habitual.
Fecha de Promulgación: 2020-12-12
Tipo: Administrativa
ID: 3226
Artículo 155 de la Código de comercio de la Republica Dominicana: Art. 155.- El compromiso de la fianza, mencionado en los artículos 151 y 152, se extingue pasados tres años si durante este tiempo no ha habido demanda ni procedimiento judicial.
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