Abreviatura: CDRD
Descripción: Son comerciantes todas las personas que ejercen actos de comercio y hacen de él su profesión habitual.
Fecha de Promulgación: 2020-12-12
Tipo: Administrativa
ID: 3345
Artículo 274 de la Código de comercio de la Republica Dominicana: Art. 274.- Si el tiempo de la carga y la descarga de la nave no se ha fijado por las convenciones de las partes, se regulará según el uso de los lugares.
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