Abreviatura: CDRD
Descripción: Son comerciantes todas las personas que ejercen actos de comercio y hacen de él su profesión habitual.
Fecha de Promulgación: 2020-12-12
Tipo: Administrativa
ID: 3539
Artículo 468 de la Código de comercio de la Republica Dominicana: Art. 468.- Si los sellos no se hubieren fijado antes del nombramiento de los síndicos, éstos requerirán al juez de paz para que proceda a fijarlos.
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