Abreviatura: CDRD
Descripción: Son comerciantes todas las personas que ejercen actos de comercio y hacen de él su profesión habitual.
Fecha de Promulgación: 2020-12-12
Tipo: Administrativa
ID: 3711
Artículo 640 de la Código de comercio de la Republica Dominicana: Art. 640.- Sin embargo, se decidirá en último recurso sobre las demandas por daños y perjuicios, cuando estén fundadas exclusivamente en la misma demanda principal.
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