Abreviatura: CDRD
Descripción: Son comerciantes todas las personas que ejercen actos de comercio y hacen de él su profesión habitual.
Fecha de Promulgación: 2020-12-12
Tipo: Administrativa
ID: 3713
Artículo 642 de la Código de comercio de la Republica Dominicana: Art. 642.- La forma del procedimiento por ante los tribunales de comercio, se arreglará a lo dispuesto en el título XXV del Libro II, primera parte del Código de Procedimiento Civil.
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