Detalle de la Ley

Artículo 68 de la Ley No. 358-05 General de Proteccion de los Derechos del Consumidor o Usuario

Abreviatura: Ley No. 358-05

Descripción: Las disposiciones de la presente ley tienen por objeto establecer un regimen de defensa de los derechos del consumidor y usuario que garantice la equidad y la seguridad juridica en las relaciones entre proveedores, consumidores de bienes y usuarios de servicios, sean de derecho publico o privado, nacionales o extranjeros, en armonia con las disposiciones al efecto contenidas en las leyes sectoriales.

Fecha de Promulgación: 2005-09-09

Tipo: Administrativa

URL: leyes/Ley_General_de_Proteccion_de_los_Derechos_del_Consumidor_o_Usuario_No__358-05.pdf

Detalle del Artículo

ID: 3869

Artículo 68 de la Ley No. 358-05 General de Proteccion de los Derechos del Consumidor o Usuario: Art. 68.- El proveedor deberá entregar una garantía escrita, por lo menos, en idioma español, que contenga obligatoriamente: a) La identificaci6n del proveedor; b) El titular de la garantía; c) La identificaci6n del producto garantizado, con las especificaciones necesarias para que no pueda confundirse con otro igual o similar; d) Las condiciones de instalaci6n, uso y mantenimiento necesarios para un buen funcionamiento; e) Las condiciones de validez de las garantías y el plazo de duraci6n de la garantía; f) Las condiciones de reparaci6n y la especificaci6n del lugar donde se hará efectiva la reparaci6n; incluyendo la responsabilidad por el traslado, acarreo o transporte del bien a reparar bajo garantía; y g) La cesi6n de la garantía dentro de su plazo de duraci6n.

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