Detalle de la Ley

Artículo 74 de la Ley No. 358-05 General de Proteccion de los Derechos del Consumidor o Usuario

Abreviatura: Ley No. 358-05

Descripción: Las disposiciones de la presente ley tienen por objeto establecer un regimen de defensa de los derechos del consumidor y usuario que garantice la equidad y la seguridad juridica en las relaciones entre proveedores, consumidores de bienes y usuarios de servicios, sean de derecho publico o privado, nacionales o extranjeros, en armonia con las disposiciones al efecto contenidas en las leyes sectoriales.

Fecha de Promulgación: 2005-09-09

Tipo: Administrativa

URL: leyes/Ley_General_de_Proteccion_de_los_Derechos_del_Consumidor_o_Usuario_No__358-05.pdf

Detalle del Artículo

ID: 3875

Artículo 74 de la Ley No. 358-05 General de Proteccion de los Derechos del Consumidor o Usuario: Art. 74.- Aplicar el principio precautorio para proteger a la poblaci6n de la entrada de alimentos transgénicos no autorizados, de medicamentos y otras sustancias que no hayan superado el análisis de riesgo y cuyo uso pueda afectar la salud de los humanos y al medio ambiente. Párrafo. - El principio precautorio es un principio general que fue asumido por la Unión Europea para reglamentar el uso de los alimentos genéticamente modificados y que el país debe asumir para proteger a sus ciudadanos.

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