Abreviatura: CPP
Descripción: Código que establece las normas penales y sanciones en la República Dominicana.
Fecha de Promulgación: 1997-12-19
Tipo: Penal
URL: https://consultorjuridico.insaproma.com/leyes/Codigo_Procesal_Penal_de_la_Republica_Dominicana.pdf
ID: 417
Artículo 417 de la Código Procesal Penal Dominicano: Art. 417.- Motivos. El recurso sólo puede fundarse en: 1) La violación de normas relativas a la oralidad, inmediación, contradicción, concentración y publicidad del juicio; 2) La falta, contradicción o ilogicidad manifiesta en la motivación de la sentencia, o cuando ésta se funde en prueba obtenida ilegalmente o incorporada con violación a los principios del juicio oral; 3) El quebrantamiento u omisión de formas sustanciales de los actos, que ocasionen indefensión; 4) La violación de la ley por inobservancia o errónea aplicación de una norma jurídica.
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