Detalle de la Ley

Artículo 55 de la Código Procesal Penal Dominicano

Abreviatura: CPP

Descripción: Código que establece las normas penales y sanciones en la República Dominicana.

Fecha de Promulgación: 1997-12-19

Tipo: Penal

URL: https://consultorjuridico.insaproma.com/leyes/Codigo_Procesal_Penal_de_la_Republica_Dominicana.pdf

Detalle del Artículo

ID: 55

Artículo 55 de la Código Procesal Penal Dominicano: Art. 55.- Efectos. Cuando se declara la incompetencia se pro- cede según este código. En los demás casos las actuaciones se archivan, sin perjuicio de que en los casos de falta de acción se pueda proseguir en razón de otros intervinientes. El rechazo de las excepciones impide que sean presentados de nuevo por los mismos motivos.

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