Detalle de la Ley

Artículo 179 de la Constitución de la República Dominicana

Abreviatura: Constitución 2015

Descripción: Ley fundamental que establece la estructura y funcionamiento del Estado dominicano.

Fecha de Promulgación: 2013-06-13

Tipo: Constitucional

URL: https://consultorjuridico.insaproma.com/leyes/Constitucion-de-la-Republica-Dominicana-2015-actualizada.pdf

Detalle del Artículo

ID: 628

Artículo 179 de la Constitución de la República Dominicana: Artículo 179.- Funciones. El Consejo Nacional de la Magistratura tendrá las siguientes funciones: 1) Designar los jueces de la Suprema Corte de Justicia; 2) Designar los jueces del Tribunal Constitucional; 3) Designar los jueces del Tribunal Superior Electoral y sus suplentes; 4) Evaluar el desempeño de los jueces de la Suprema Corte de Justicia.

Regresar