Detalle de la Ley

Artículo 154 de la Código de Trabajo

Abreviatura: CT

Descripción: Código que establece las normas laborales y los derechos de los trabajadores.

Fecha de Promulgación: 1992-05-16

Tipo: Laboral

URL: https://consultorjuridico.insaproma.com/leyes/codigo_de_trabajo_ley_16_92.pdf

Detalle del Artículo

ID: 880

Artículo 154 de la Código de Trabajo: Art. 154.- Cuando el empleador tenga necesidad de prolongar la jornada, en los casos legalmente autorizados, está en la obligación de dar cuenta inmediatamente al Representante Local de Trabajo, para que compruebe si el caso se ajusta a las excepciones establecidas en el artículo 153.

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